Servicio Residencial para Personas Mayores

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Definición

Tendrán la consideración de residencias de personas mayores dependientes, aquellos centros en los que se ofrezca alojamiento estable junto con atención social, apoyo en la realización de las actividades de la vida diaria, atención sanitaria, rehabilitación de las capacidades y atención geriátrica integral, en función del nivel de dependencia de sus usuarios.

Usuarios

Pueden ser usuarios de estos centros aquellas personas mayores de 65 años que hayan cesado en su vida laboral o profesional, y pensionistas mayores de 60 años, que carezcan de las capacidades necesarias para realizar por sí mismas las actividades básicas de la vida diaria, y que precisen de una atención geriátrica integral. Excepcionalmente también podrán serlo las personas menores de esa edad, cuando su situación de dependencia funcional, psíquica o social así lo requiera y no sean susceptibles de atención en otro tipo de recursos sociales o sanitarios.

Podrán existir Unidades de Alta Dependencia específicas para aquellas personas mayores que carezcan de las capacidades necesarias para realizar por sí mismas las actividades básicas de la vida diaria, y además precisen de una atención sociosanitaria continuada debido a la complejidad y al grado de intensidad de la atención requerida.

Tipología de las plazas y capacidad máxima

Las residencias de personas mayores dependientes tendrán definido un número de plazas que serán objeto de autorización en los términos establecidos por la normativa vigente. Las mencionadas plazas podrán ser residenciales y de estancia diurna. Dentro de las plazas residenciales pueden existir plazas en Unidades de Alta Dependencia.

La capacidad máxima de estos centros no podrá ser superior a 150 plazas, de las cuales en cada Unidad de Alta Dependencia no podrán haber más de 40 plazas.

No obstante, se considera la posibilidad de centros mayores siempre que se garantice la autonomía personal y que se evite la masificación. En el caso de centros que dispongan de plazas de estancia diurna, el número máximo de plazas de este tipo no podrá ser superior al 30% del total de plazas residenciales del centro.

Servicios

Las residencias de personas mayores dependientes, prestarán una asistencia según las necesidades y el nivel de dependencia de los residentes,  que con carácter obligatorio contemplará al menos los siguientes servicios:

  • Servicios Básicos:
    • Alojamiento
    • Restauración
    • Lavandería
    • Atención sanitaria
      • Cuidados básicos
      • Atención médica
      • Atención de enfermería. Dirigida a la prestación de los cuidados de enfermería tales como preparación y administración de medicamentos, curas, sondajes y otros.
      • Actividades de rehabilitación.
      • Asistencia farmacéutica
      • Prevención y promoción de la salud
    • Atención psicológica y actividades de terapia ocupacional.
      • Atención psicológica.
      • Actividades de terapia ocupacional.